Errores frecuentes en las sentencias sobre delitos leves
Acudió a nuestro despacho EFS Abogados un cliente que había sido condenado como autor de un delito leve de estafa penado en el art. 248.1 en relación con el art. 249 párrafo 2 del Código Penal, a la pena de dos meses de multa a seis euros (6€) día, así como a las costas causadas. Así mismo, por vía de responsabilidad civil, tenía que hacer frente a la cantidad de cuatrocientos euros (400€) más los intereses legales.
El cliente nos manifestó que no se había presentado al juicio. Cuando el cliente nos facilitó la sentencia condenatoria que había recibido, pudimos observar como en los hechos probados de la sentencia, relatados por el Juez de instrucción, no se hacía referencia alguna a los elementos del delito de la estafa por el cual había sido condenado.
HECHOS PROBADOS
Los “hechos probados”, tal y como su nombre indica, es lo que ha quedado probado tras la práctica de la prueba en el acto de la vista. Los hechos probados que recogía la sentencia eran los siguientes:
¿QUÉ REGOCE EL CÓDIGO PENAL?
Para que exista delito de estafa, es necesario que se cumplan con todos los elementos del delito que señala el art. 248.1 del CP:
- Engaño,
- bastante,
- que lleve a error,
- que se produzca un desplazamiento patrimonial hacia la esfera patrimonial del autor (o de un 3º), y
- nexo causal entre el engaño del autor y el perjuicio de la víctima.
Dichos elementos no aparecen en el relato de hechos probados. No existe el elemento esencial, el cual es el engaño por parte del denunciado.
RECURSO DE APELACIÓN: ESTIMADO
Debido a ello, se interpuso recurso de apelación ante la Audiencia provincial de Valencia solicitando la libre absolución, ya que la sentencia infringía el derecho del denunciado a la presunción de inocencia.
El recurso de apelación fue estimado por la Audiencia Provincial de Valencia, consiguiendo que nuestro cliente fuera declarado absuelto del delito leve de estafa por el cual había sido condenado, argumentando lo siguiente:
ASESÓRATE
Este error suele ser bastante frecuente en los procedimientos juicio sobre delitos leves. Por ello, desde el despacho EFS Abogados, recomendamos siempre acudir con Abogado que le defienda, ya sea como denunciante o como denunciado.
Iván Espinosa Ferrer.
Abogado experto en Derecho Penal y Penitenciario.
EFS Abogados y Economistas Valencia.