Existen dos formas de contratar a un trabajador extranjero desde su país de origen:

  • Contratar a un extranjero cuando el empleo está en el catálogo de difícil cobertura.
  • Contratar a un extranjero cuando el puesto de trabajo no está en el catálogo de difícil cobertura, en cuyo caso consultaremos la situación nacional de empleo. Se puede contratar a un extranjero por este medio cuando el empleador acredite la dificultad de contratación para el puesto que pretende cubrir, tras haber publicado la oferta ante el servicio público de empleo, con resultado negativo y tras haber obtenido un certificado que acredita la insuficiencia de demandantes de empleo adecuados y disponibles para aceptar la oferta. Es decir, antes de contratar a un extranjero que se encuentra en su país de origen, hay que comprobar que ningún trabajador español, comunitario o extranjero autorizado a trabajar en España puede cubrir ese puesto.