Lo primero que debemos tener presente es que separación y divorcio no son lo mismo.
La principal diferencia radica en que la separación no extingue el vínculo matrimonial, por tanto, los cónyugues no pueden volver a contraer matrimonio, mientras que, el divorcio sí disuelve esa relación conyugal, permitiendo a los cónyuges volver a contraer matrimonio civil (no por la Iglesia, en cuyo caso debe solicitarse la nulidad eclesiástica), entre sí o con otras personas.
Respecto al régimen económico matrimonial, éste se disuelve tras el divorcio, sin embargo, en el caso de separación sólo se producirá la separación de bienes.