Para obtener la autorización, que permite la residencia por prácticas, se requiere:
- El título de Educación Superior, en el extranjero o en España, con la condición de que haya sido obtenido en los dos años anteriores a la fecha de solicitud, o bien, que esté siendo cursado en el momento de la solicitud.
- La existencia de un convenio de prácticas firmado por ambas partes.
- Que el ámbito de las prácticas deber ser el mismo que el de los estudios superiores, es decir, que se trate del mismo campo académico.
- Un seguro de enfermedad, público o privado (esta asistencia sanitaria puede ser cubierta por el régimen general de la Seguridad Social).
- Recursos económicos suficientes para su estancia en España.
- Ausencia de antecedentes penales, en los últimos cinco años.
- Que la entidad de acogida acredite su personalidad jurídica, se encuentre al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social y haya abonado la tasa.