En España, la celebración de un proceso penal se divide en etapas y, en cada una de ellas, el presunto autor del delito será denominado de una forma específica: denunciado o querellado en fase preliminar, investigado en fase de instrucción, procesado o encausado en fase de juicio oral y, por último, condenado o absuelto en fase de sentencia.

Durante todo el proceso, el presunto autor de los hechos tiene derechos reconocidos por ley:

  • Según el artículo 24.2 de la Constitución Española,
    • A Juez ordinario predeterminado por la Ley y a la defensa y asistencia de letrado.
    • A un proceso público, sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, y, además, a ser informado de la acusación formulada contra él.
    • A utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí, no confesarse culpable y a la presunción de inocencia.
  • Por otro lado,
    • A solicitar asistencia jurídica gratuita, a designar libremente su letrado y a la traducción e interpretación gratuitas.
    • A participar para ejercer su derecho de defensa y a solicitar la práctica de las pruebas pertinentes.