El Estatuto de los Trabajadores recoge el derecho del trabajador a ausentarse del trabajo, durante el tiempo necesario, para cumplir con su deber de prestar declaración, bajo previo aviso y justificación.
Sí. Por comparecer como testigos, tendremos derecho a una indemnización, correspondiente a los gastos de viaje o desplazamiento, derivados por la obligación legal de comparecer. La solicitud la presentaremos en el Juzgado y será justificada con los debidos documentos acreditativos del gasto. Por otro lado, podremos reclamar daños y perjuicios adicionales por asistencia, como por ejemplo, por la pérdida retributiva de la jornada laboral, en cuyo caso se reclamarán ante el Secretario Judicial del Juzgado.