En caso de tener un visado o autorización contemplados en la Ley 14/2013, los medios económicos a acreditar, en cada caso, son:

  • Titulares de autorizaciones de emprendedores: cantidad mensual que represente el 100% del IPREM.
  • Titulares de visados o autorizaciones de residencia para inversores: cantidad mensual que represente, en euros, el 400% del IPREM.

La forma de acreditación será a través de cualquier medio de prueba como, por ejemplo, un extracto de la cuenta bancaria dónde aparezca el saldo disponible.