En caso de tener un visado o autorización contemplados en la Ley 14/2013, los medios económicos a acreditar, en cada caso, son:
- Titulares de autorizaciones de emprendedores: cantidad mensual que represente el 100% del IPREM.
- Titulares de visados o autorizaciones de residencia para inversores: cantidad mensual que represente, en euros, el 400% del IPREM.
La forma de acreditación será a través de cualquier medio de prueba como, por ejemplo, un extracto de la cuenta bancaria dónde aparezca el saldo disponible.