Podemos encontrarnos con tres modalidades de despido: disciplinario, objetivo y colectivo. No obstante, éstos, a su vez, pueden ser procedentes, improcedentes o nulos. Así pues:

  • Despido disciplinario: tiene lugar en casos en los que el trabajador comete una falta muy grave, lo cual puede ser sancionado con el despido.
  • Despido objetivo: como su nombre indica, tiene lugar cuando existen causas objetivas para que tenga lugar el despido. Es decir, causas económicas, técnicas, organizativas y productivas. Cuando por causas objetivas se despida a un número determinado de trabajadores de una misma plantilla hablaremos de despido colectivo.
  • Despido procedente: será un despido procedente cuando el empresario cumple con todos los requisitos legales y existe un motivo que justifica el despido. En caso de que no ocurra esto, estaremos ante un despido improcedente.
  • Despido nulo: cuando con el despido se atente contra los derechos fundamentales y libertades públicas del trabajador.