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Nueva reforma del Reglamento de Extranjería

Paso definitivo del Gobierno español en la regulación del mercado laboral en materia de migración.

Agentes Sociales y Comisiones Obreras llevan tiempo denunciando la obsolescencia y disfuncionalidad de las normas de extranjería, basadas en el mercado laboral temporal, y demandando la imperiosa necesidad de actualizar los elementos jurídicos, que regulan la contratación de los trabajadores inmigrantes y la ocupación de trabajos de difícil cobertura, con objeto de proporcionar estabilidad laboral y reconocer derechos.

Por fin, ayer martes 26 de julio de 2022, el Consejo de Ministros aprobó, a propuesta del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, un Real Decreto que reforma el actual Reglamento de la Ley Orgánica de Extranjería, con el objetivo de mejorar el modelo migratorio español y sus procedimientos, en muchos casos, lentos e inadecuados, que generan periodos prolongados de irregularidad, con altos costes sociales y económicos.

NUEVAS MODIFICACIONES

Para facilitar la incorporación al mercado laboral de las personas que están en España, la presente reforma realiza tres importantes modificaciones:

  1. En primer lugar, se mejora la normativa para favorecer la permanencia de los estudiantes, incrementando sus posibilidades de trabajar y atrayendo, con ello, talento internacional. En este ámbito, se permite que los estudiantes compaginen trabajo y formación, siempre que sean compatibles con los estudios realizados y no superen las 30 horas semanales, eliminándose las restricciones sobre la incorporación de los estudiantes al mercado laboral tras la finalización de los estudios (hasta ahora, era necesaria una estancia de tres años en España para poder obtener un permiso de trabajo).
  2. En segundo lugar, se actualizan las figuras de arraigo y reagrupación familiar.
    1. Arraigo laboral. Se limita la figura preexistente para personas que se encuentran en situación irregular y han realizado una actividad laboral en situación regular durante los dos últimos años. Por otro lado, se crea una nueva modalidad de autorización, que fomenta la figura del confidente y la lucha contra la economía sumergida, mediante la acreditación de 6 meses de trabajo irregular.
    2. Arraigo social. El contrato que se presente para solicitar la autorización no se valorará por su duración, sino por su adecuación al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). En este contexto, se permite la presentación de varios contratos, pudiendo ser inferiores al mínimo de 20 horas, siempre que se acrediten menores a cargo.
    3. Reagrupación familiar. Se crea un régimen propio del familiar del ciudadano español que desea mantener en España su unidad familiar y, también, se flexibilizan los requisitos de reagrupación familiar, cuando afectan a menores extranjeros o a personas con discapacidad o en situaciones de vulnerabilidad.
  3. Por último, se establece una nueva figura de arraigo por formación, que concede una autorización de residencia, por un periodo de 12 meses, a los extranjeros que han permanecido en España de forma continuada, durante un periodo mínimo de dos años, si se comprometen a realizar una formación reglada para el empleo. La figura, inspirada en el “duldung” alemán, puede ser prorrogada por otros 12 meses.

NUEVAS MEJORAS

La nueva normativa también ha adquirido mejoras respecto a la migración regular y su gestión, incorporando 3 grandes novedades, como medidas de refuerzo:

  1. Racionalización de los requisitos exigidos a los trabajadores autónomos procedentes de terceros países
  2. Mejoras en los trámites de contratación en origen, mediante la incorporación automática al Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura, de aquellas ocupaciones pertenecientes a los sectores económicos que se determinen por acuerdo de la Comisión Delegada de Asuntos Económicos, a propuesta del Ministerio de Inclusión, y la reducción de plazos.
  3. Actualización y progreso en el modelo de migración circular, dotando de mayor estabilidad a trabajadores y empresas, y reduciendo cargas administrativas. En este sentido, las autorizaciones serán plurianuales y habilitarán a trabajar 9 meses al año, durante 4 años. Este modelo podrá ser utilizado por cualquier sector en el que exista déficit de trabajadores.

NUEVAS ACTUALIZACIONES

Por último, el Real Decreto también incorpora actualizaciones en la gestión administrativa, mediante la reducción de cargas y la creación de la Unidad de Tramitación de Expedientes de Extranjería (UTEX), de forma que se agilicen los trámites, se avance hacia la ventanilla única y se homogenice la aplicación de la normativa de extranjería, en todos los territorios. Además, también introduce mejoras en la tramitación en las Oficinas Consulares.

Esta reforma, del Reglamento de la Ley Orgánica de Extranjería, profundiza en la aprobada en otoño de 2021, para favorecer la inclusión de los menores no acompañados y jóvenes extutelados, que ha beneficiado a más de 10.000 personas en poco más de seis meses en vigor, según datos del Gobierno.

María José Palma Ballester
Abogada experta de Derecho de Extranjería y Familia
EFS Abogados y Economistas Valencia